Nuevo Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería
El pasado 7 de Mayo se aprobó en el Consejo de Ministros el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería mediante el RD 563/2010 publicado en el BOE del sábado 8. Tras la publicación de la Directiva 2007/23/CE, España debía adaptarse a la citada Directiva antes del 4 de enero de este año.
NUEVO JULIO 2011
BORRADOR de las Modificaciones del Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería
Con esta nueva publicación, se adapta el contenido de la normativa (del año 1998 RD 230/98) a las exigencias Europeas y separa por un lado el uso de explosivos para fines civiles y por otro la pirotecnia y cartuchería derogando toda la normativa anterior en esta materia.Con una homogeneización del material pirotécnico (Marcado CE)
se podrá establecer de manera más sencilla un comercio de estos productos entre los diversos países.
En la redacción del presente Reglamento siempre se ha procurado que las exigencias Europeas no impidieran la celebración de diversas fiestas populares que están ligadas al uso de la pirotecnia, pero sí garantizar la seguridad del público.
La entrada en vigor de este nuevo Reglamento coincide con la publicación de esta noticia, existiendo diversos plazos para la adaptación (consultar texto completo).
Una de las novedades es la nueva categorización (Artículos 8):
Artículos de pirotecnia
Categorías 1,2,3 y 4
Artículos pirotécnicos para usos en teatros
Categoría T1 y T2
Otros artículos pirotécnicos
Categoría P1 y P2
Artículos pirotécnicos de utilización en la marina
Señales fumígenas. Señales luminosas. Señales sonoras. Lanzacabos, etc.
La venta de artículos pirotécnicos queda regulada con las siguientes edades mínimas (Artículo 121).
Artificios de pirotecnia:
Categoría 1: 12 años.
Categoría 2: 16 años.
Categoría 3: 18 años.
Queda claramente mencionada en el artículo 124 apartado 2 que no se podrá vender por Internet o teléfono.
Queda expresamente prohibido el envío de los productos que hayan sido vendidos al público por correspondencia, teléfono o medios informáticos. La entrega de los productos se realizará con presencia obligada del comprador en el local de venta.
A continuación pueden descargar el nuevo “Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería”.
Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería RD 563/2010
"Ademaás se prohiíbe la mecanización por particulares de artificios piroteécnicos de las categoriías 1, 2, 3, T1 y P1, así como su iniciación por sistema eléctrico. Estos productos deberán usarse individualmente tal como se adquieran y hayan sido puestos en el mercado."
Por cierto, ¿cómo piensan controlar eso? Porque incluso dudo que un policía se vaya a saber esa norma.
A mi me parece que intentan hacer que no podamos disparar nuestros pequeños espectáculos.
yo soy de argentina pero para mi este nuevo reglamento aparte de ser absurdo como dicen ustedes, le encuentro un solo sentido, el sentido q le encuentro es para q ustedes en sus propias casas no tiren una cantidad de pirotecnia toda junta y se si falla algo de toda esa pirotecnia no se prenda toda la demás allá un desastre, es la única razón q le encuentro pero la verdad q es una razón poco creíble y poco sientifica. saluos colegas
Me sobraron dos cohetes del año pasado y no encuentro la lanzadera por ninguna parte me podriais decir que puedo utilizar como lanzadera o algun objeto que la pueda sustituir y sea útil? gracias y saludos!
respecto a la nueva normativa que ha variado en bastantes cosas, pero mayormente en almacenaje y lugares de venta solo afecta alos profesionales.recordar que las edades de venta en algunas provincias esta modificadas por los gobiernos regionales
Me gustaria saber si hay un horario especifico para poder tirar petardos en vias publicas o fechas concretas, es decir, si hace falta que sean fiestas o no se pueden explotar a partir de ciertas horas. Vivo en una pequeña poblacion de Mallorca y siempre existen los dos o tres de turno que no les gustan los petardos y quiero estar prevenido por si me pudieran denunciar por algun motivo.
Gracias y saludos
En algunas partes están prohibidos a excepción de en las fiestas pero repito que no se cómo estará la cosa por allí.
Un saludo.





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